Seguros Manuel Mora

Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento: Todo lo que Necesitas Saber

  • cmartinezch
  • octubre 21, 2024
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El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento es un recurso fundamental para aquellos que buscan información sobre seguros de vida o accidentes en caso de fallecimiento. Dependiente del Ministerio de Justicia, este registro público tiene como objetivo ayudar a los beneficiarios a conocer si una persona fallecida tenía un seguro contratado y la entidad aseguradora correspondiente.

¿Qué Información Ofrece el Registro?

Este registro permite a los interesados verificar la existencia de un contrato de seguro, así como identificar a la entidad aseguradora. Esto facilita que los beneficiarios puedan dirigirse a la aseguradora para confirmar su estatus y, en su caso, reclamar la prestación correspondiente.

Organización y Gestión

La gestión del registro se lleva a cabo a través del Registro General de Actos de Última Voluntad, bajo la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. La información contenida en el registro tiene presunción de veracidad, lo que significa que es considerada cierta a menos que se demuestre lo contrario.

Tipos de Contratos Registrados

En el registro figuran:

  • Seguros de vida con cobertura de fallecimiento.
  • Seguros de accidentes que cubran la muerte del asegurado.

Sin embargo, se excluyen:

  • Seguros relacionados con compromisos por pensiones.
  • Contratos en los que el tomador y el beneficiario sean la misma persona.
  • Contratos de mutualidades que actúan como previsión social.

Datos que Contiene el Registro

El registro incluye:

  • Datos del asegurado: nombre, apellidos, y número de identificación.
  • Datos de la entidad aseguradora: nombre, domicilio y número de identificación fiscal.
  • Datos del contrato: número de contrato y tipo de cobertura.

Acceso al Registro

El acceso al registro está permitido solo después del fallecimiento del asegurado y una vez transcurridos 15 días desde la defunción. Los datos estarán disponibles durante 5 años, aunque se cancelarán antes si las prestaciones han sido satisfechas.

Cómo Darse de Alta en el Registro

Las entidades aseguradoras que ofrezcan seguros de vida o de accidentes deben registrarse y enviar información periódica. Para ello, deben presentar un escrito en el Registro General de Actos de Última Voluntad, ubicado en Madrid.

Normativa Relacionada

Este registro se rige por la Ley 20/2005 y el Real Decreto 398/2007, que establecen los lineamientos necesarios para su funcionamiento.


Este registro es un recurso valioso para asegurar que los beneficiarios puedan acceder a las prestaciones que les corresponden. Para más información, te invitamos a consultar con un profesional o visitar el sitio web del Ministerio de Justicia.

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